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Consejos
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Ayudas
Existen dos tipos de ayudas para la compra de una vivienda protegida: los préstamos cualificados y las ayudas económicas directas.
- Los préstamos cualificados los conceden entidades de crédito que tengan un acuerdo con el Ministerio de Vivienda. Estos préstamos siempre tienen las siguientes condiciones comunes:
- No aplican ninguna comisión.
- El tipo de interés es el acordado anualmente por el Consejo de Ministros.
- Las cuotas a pagar son constantes a lo largo de la vida del préstamo, dentro de cada uno de los períodos de amortización correspondientes a un mismo tipo de interés.
- Salvo excepciones, los préstamos se garantizan con hipotecas.
- Las ayudas económicas directas pueden ser las siguientes:
- Subsidio de los préstamos cualificados: el Estado abona un porcentaje de la cuota de amortización del préstamo hipotecario.
- Subvenciones.
- Ayuda para el pago de la entrada.
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